FASE I. Que se puede hacer y como

Lo que tienes que saber

Estéis en la fase en la que estéis, no podréis salir de casa si:

-Tenéis síntomas compatibles con la enfermedad,

-Si estáis en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19

-Os encontráis en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19

En esta fase viviréis el momento de encontrar mesa en una terraza, como si os tocara la lotería. Y es que si ya era complicado un mes de mayo pillar sitio, con una ocupación del 50% va a ser una ginkana. Id haciendo una lista de vuestros 9 mejores amigas y amigos, porque seréis hasta 10 los que os podréis juntar en casa.

Podéis salir durante todo el día al supermercado y a la farmacia.

También seguiréis saliendo a pasear y a hacer deporte en las mismas condiciones y franjas horarias que en la fase 0. Ya sabéis que si vivís en un municipio de menos de 5.000 habitantes, no os aplican las franjas horarias. Esto nos lo comentáis mucho.

Y recordad que las ciudades y comunidades autónomas tienen la libertad de adelantar o atrasar el horario estipulado en un margen de hasta 2 horas. Intentaremos recoger la información personalizada sobre esto también aquí.

Os recordamos que…

Si vais a hacer deporte: no podréis salir del municipio. No hay límite de tiempo en vuestra franja, pero solo podéis salir una vez al día.

Si vais a pasear o salís con menores de 14 años, no os podéis alejar más de 1 km desde vuestro domicilio.

Las franjas horarias siguen siendo las que conocéis. Y si estáis en un municipio de menos de 5.000 habitantes, no os aplican.

Mayores de 14 años de 6:00 a 10:00 h y de 20:00 a 23:00 h. Sin límite de tiempo en la calle.

Las personas dependientes y mayores de 70 años, salen de 10:00 a 12:00 h y de 19:00 a 20:00 sin límite de tiempo

Los niños, menores de 14 años,, cuentan con el horario más amplio, pero solamente salen una hora, de 12:00 a 19:00, pero de momento, seguimos con los paseos de un solo adulto por cada 3 niños.

Podéis salir a pasear con 1 persona conviviente una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual.

Podréis reuniros con amigos y familiares en terrazas y domicilios (siempre hasta un máximo de 10 personas), sin limitación de tiempo ni restricción de franjas horarias.

Es importantísimo que sigáis manteniendo las distancias de seguridad (2 metros).

 

Ocio y Deportes

Cultura

Podéis asistir a espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con un tercio de aforo) y de menos de 200 personas al aire libre. (Nace el concepto de micro-festival)

¡Vuelta a los museos! Limitados a un tercio del aforo, no encontraréis una oportunidad mejor para visitarlos con menos gente. Aunque las visitas serán individuales, en este caso sí podéis ir la familia conviviente al completo ( como unidad familiar) o con vuestros compañeros de piso, si los tenéis.

Naturaleza

Podréis volver a realizar las actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta diez personas, pero tenéis que concertar una cita previa, así que de momento, no podéis hacerlo por libre y tendréis que contratar los servicios de alguna empresa que se dedique a esto.

No podréis ir a pescar ni a cazar, ni a coger setas.

La práctica de deporte no profesional en la naturaleza como la escalada, solo la podréis hacer si el espacio natural se encuentra en vuestro municipio.

Playas

Si vivís en zonas costeras y vuestro municipio las ha considerado dentro de los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, podréis pasear y hacer deporte individual en ellas. Tomar el sol no está permitido y el baño lúdico no está correctamente delimitado y depende de la localidad, así os recomendamos consultar con las autoridades locales cada caso.

Navegación

Podréis navegar si tenéis vuestro domicilio en la misma provincia, isla o ciudad autónoma en que tengáis amarrada la embarcación o estacionada la aeronave (recordadlo especialmente los de zonas sanitarias). La ocupación no deberá superar el 50% de la capacidad de la embarcación a menos que seáis convivientes (entonces sí podréis ocupar el 100% de las plazas).

Aficionados y federados al kite surf, surf, windsurf… podréis practicarlo solamente en vuestro municipio y en la franja horaria correspondiente.

Deporte

Si no sois profesionales, podéis practicar deportes individuales que no requieran contacto con terceros, una vez al día, en las franjas horarias que ya conocéis (a menos que estéis en un pueblo de menos de 5.000 habitantes) y dentro de vuestro municipio

Para practicar deporte, podréis ir a espacios naturales y zonas verdes autorizadas en vuestro municipio. No podréis utilizar ninguna clase de vehículo motorizado o transporte público para desplazaros a hacer deporte.

También podréis jugar a deportes de pista y sin contacto, como el tenis o el pádel, en instalaciones deportivas públicas o privadas (urbanizaciones incluidas), pero que deberán estar al aire libre y sin utilizar los vestuarios.

Encontraréis abiertas instalaciones deportivas al aire libre (sin techo ni paredes, pero quedan excluidas las piscinas) y podréis acceder a ellas, seáis o no profesionales, pero siempre con cita previa y un aforo del 30% de la capacidad.

Podréis ir instalaciones y centros deportivos cerrados (como gimnasios) vosotros solos, y con cita previa. (30% del aforo y garantizando las distancias de seguridad). No encontraréis abiertos ni vestuarios ni espacios de ducha.

Si sois deportistas federados, también tenéis que acogeros a las franjas oficiales de 6:00 a 10:00 y 20:00 a 23:00 y limitados a vuestro municipio.

Si sois deportistas profesionales o de alto nivel / alto rendimiento, podréis ir a aquellos espacios naturales en los que tengáis que desarrollar vuestra actividad deportiva, como mar, ríos, o embalses, entre otros, con el equipamiento que necesitéis. Además, en esta fase podéis acceder a los centros de alto rendimiento (CAR, CEAR, CTD, o CETD). Tendréis que ir al centro más cercano a vuestra residencia dentro de vuestra provincia. Si no hubiera Centro de Entrenamiento en vuestra provincia, podríais acceder a otro de vuestra comunidad autónoma, y si tampoco lo hubiera (todavía hay esperanza), podréis acceder al que esté situado en una comunidad autónoma limítrofe. El certificado que os acredita como D.A.R. es expedido por vuestra CCAA, solicitadlo a través de vuestra federación autonómica. También podréis acceder a estos centros con vuestro entrenador, debidamente acreditado.

Si practicáis deporte paralímpico, debéis ir acompañados y ambos utilizar mascarilla para protegeros. Si sois entrenadores de este tipo de deportistas podréis estar en los entrenamientos, con medidas de distancia e higiene.

Si sois deportistas pertenecientes a ligas profesionales, podréis realizar entrenamientos de carácter básico y de manera individual, así como entrenamientos de tipo medio: ejercicios de carácter físico y técnico, ay entrenamientos tácticos no exhaustivos, en pequeños grupos de hasta un máximo de diez, manteniendo la distancia de 2m. Podríais concentraros, con especial atención a las regulaciones de cafeterías y espacios comunes.

Movilidad

Una de las áreas con más novedades. Podréis circular libremente por vuestra provincia, isla, zona sanitaria o unidad territorial de referencia. Es decir…si toda vuestra provincia está en fase 1, el desplazamiento dentro de la provincia es libre. Y si en vuestra provincia estáis en una zona sanitaria en fase 1 podréis desplazaros libremente solamente dentro de vuestra zona sanitaria.

¿Pero podréis moveros con qué fin?

Trabajar, trasladaros a vuestra segunda vivienda, a alojamientos turísticos, terrazas, mercadillos y para visitar a familiares y amigos, acudir a velatorios, visitar lugares de culto, espectáculos o museos, además de acudir a un comercio a comprar artículos que no estén disponibles en vuestro municipio.

Os recordamos aquí que no podréis desplazaros para hacer deporte.

Si podéis visitar a amigos y familiares en sus domicilios (hasta 10 personas).

Ah ! Y podréis desplazaros en el mismo vehículo, sin mascarilla, siempre y cuando seáis convivientes.

En caso de tener que compartir vehículo con no convivientes, podréis viajar dos personas por cada fila de asientos (hasta 9 plazas), con mascarilla y respetando la máxima distancia posible entre los ocupantes.

Si vais en moto: En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), podéis viajar dos personas siempre que llevéis casco integral con visera, o utilicéis mascarilla o que residáis en el mismo domicilio.

Y si se trata de motocicletas de uso compartido tendréis que utilizar guantes obligatoriamente (pasajero y conductor), y os servirían los guantes de protección de motoristas.

Todavía no se pueden visitar las residencias de mayores.

Transporte público

El obligatorio usar mascarilla en el transporte público desde el 4 de mayo.

Autobuses y trenes en los que todos los ocupantes deban ir sentados, siempre tendréis un asiento vacío contiguo que os separe de cualquier otro pasajero. A menos que viajéis con convenientes, en cuyo caso sí os pueden sentar juntos. En los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila o butaca de detrás del conductor.

En el transporte público colectivo de ámbito urbano y periurbano (metro, cercanías, buses urbanos…), en los que los viajeros pueden ir de pie, la ocupación será del 50% de las plazas sentadas y de 2 viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para ir de pie.

 

Negocio

Veréis abiertos hoteles y alojamientos turísticos, excluyendo las zonas comunes. No estará permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos…

Esto es especialmente importante para garantizar la correcta higiene, y se hará especialmente importante la limpieza y desinfección del equipamiento de las terrazas.

Continua el sector agroalimentario y pesquero, que nos permite seguir comiendo rico. Estarán abiertos los mercados al aire libre con un 25% de puestos y medidas de distanciamiento.

Los comercios de menos de 400 metros cuadrados, que no pertenezcan a un centro comercial, podrán abrir, con un aforo limitado al 30% de su capacidad (también por planta si tienen varias) y sin necesidad de cita previa. Si queréis ir de shopping, ahora tenéis la oportunidad de apoyar a los negocios locales de las personas de vuestro barrio que llevan unos meses cerrados. Encontraréis la información sobre cuánta gente cabe en la puerta de cada comercio.

Podrán abrir al público, con cita previa y sin la limitación de los 400 metros cuadrados, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas y administraciones de lotería.

Por último, los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite de quince personas en espacios al aire libre o diez personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.

La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, a los que podría añadirse la persona que oficie la ceremonia.

Social

Os podéis juntar en grupos de hasta 10 personas respetando los 2 metros de separación. ¡No hay limitación de lugar de reunión!

Los lugares de culto están limitados al 30% de su capacidad.

 

A tener en cuenta

Se seguirá priorizando el teletrabajo para aquellas personas que podáis desempeñarlo en remoto.

Si os habéis incorporado al trabajo en esta fase, la empresa os tendrá que proveer de geles desinfectantes o cuando esto no sea posible, agua y jabón. Si no se pudiera garantizar la distancia recomendada de dos metros (aunque se debería hacer todo lo posible a la hora de ubicar a las personas en su puesto), la empresa se asegurará de que dispongáis de equipos de protección adecuados.

Si empezárais a tener síntomas compatibles con la enfermedad, contactaréis de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente y, en su caso, con los correspondientes servicios de prevención de riesgos laborales. Siempre que sea posible, os colocaréis una mascarilla, debiendo abandonar, en todo caso, vuestro puesto de trabajo hasta que vuestra situación médica sea valorada por un profesional sanitario.

 

 

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